Ley 3987: Mediación penal
Legislatura de la Provincia de Río Negro · 2005
Obra con licencia abierta: puede leerla y descargarla desde aquí.
Resumen
Ley sancionada por la Legislatura de Río Negro el 21 de julio de 2005 que instituye la mediación penal voluntaria para los delitos comprendidos en los incisos 6 y 7 del artículo 180 ter del Código Procesal Penal entonces vigente, y también para la justicia contravencional. Regula las partes, la asistencia letrada obligatoria, los requisitos para actuar como mediador o mediadora penal, el registro de mediadores, la derivación por la fiscalía o el juzgado, el plazo máximo de cuarenta días hábiles, la confidencialidad y el contenido del acta de acuerdo. Sirve a quienes trabajan en fiscalías, defensorías y centros de mediación. Figura vigente, pero remite al Código Procesal Penal anterior, reemplazado desde el 1 de agosto de 2017 por la Ley 5020, que prevé la mediación en sus artículos 96 y 126.
Temas
Se usa en el campus
Datos
- Autoría
- Legislatura de la Provincia de Río Negro
- Año
- 2005
- Editorial o fuente
- Legislatura de la Provincia de Río Negro; sancionada el 21/07/2005, Boletín Oficial n.º 4344 del 22/09/2005
- Tipo
- Ley o norma
- Idioma
- Español
- Jurisdicción
- Argentina, Provincia de Río Negro
- Licencia
- Dominio público