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Ley o normaDescarga libre

Ley 3987: Mediación penal

Legislatura de la Provincia de Río Negro · 2005

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Resumen

Ley sancionada por la Legislatura de Río Negro el 21 de julio de 2005 que instituye la mediación penal voluntaria para los delitos comprendidos en los incisos 6 y 7 del artículo 180 ter del Código Procesal Penal entonces vigente, y también para la justicia contravencional. Regula las partes, la asistencia letrada obligatoria, los requisitos para actuar como mediador o mediadora penal, el registro de mediadores, la derivación por la fiscalía o el juzgado, el plazo máximo de cuarenta días hábiles, la confidencialidad y el contenido del acta de acuerdo. Sirve a quienes trabajan en fiscalías, defensorías y centros de mediación. Figura vigente, pero remite al Código Procesal Penal anterior, reemplazado desde el 1 de agosto de 2017 por la Ley 5020, que prevé la mediación en sus artículos 96 y 126.

Temas

Se usa en el campus

Datos

Autoría
Legislatura de la Provincia de Río Negro
Año
2005
Editorial o fuente
Legislatura de la Provincia de Río Negro; sancionada el 21/07/2005, Boletín Oficial n.º 4344 del 22/09/2005
Tipo
Ley o norma
Idioma
Español
Jurisdicción
Argentina, Provincia de Río Negro
Licencia
Dominio público

Citar esta obra

Legislatura de la Provincia de Río Negro (2005). Ley 3987: Mediación penal. Legislatura de la Provincia de Río Negro; sancionada el 21/07/2005, Boletín Oficial n.º 4344 del 22/09/2005.

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