Giustizia riparativa: i principi generali
Antonia Menghini · 2023
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Resumen
Artículo que explica los principios generales de la nueva disciplina italiana de justicia restaurativa introducida por el decreto legislativo 150 de 2022. Repasa el largo camino previo a la ley, cuando las prácticas de mediación eran dispares según el territorio, y ordena los principios referidos a los sujetos y al procedimiento, para cerrar con los cambios que la reforma introdujo en la ejecución penitenciaria. Sirve para entender la ley italiana desde la doctrina y para comparar sus definiciones y garantías con otras regulaciones.
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Contenido
Índice y resumen por capítulo
De qué trata
Este artículo analiza los principios generales de la disciplina orgánica de justicia restaurativa que Italia incorporó con el decreto legislativo n.º 150/2022, conocido como Reforma Cartabia. Parte de la falta previa de una regulación común, que había dado lugar a prácticas de mediación muy distintas según el territorio, y reconstruye el recorrido legislativo que llevó a la reforma. Examina las definiciones del decreto, en especial las de justicia restaurativa y resultado restaurativo, y ordena los principios en dos grupos: los referidos a quienes participan y los referidos al procedimiento. Se dirige a juristas, operadores y operadoras del sistema penal y del ámbito penitenciario, y a quienes trabajan en programas restaurativos. Dedica la parte final a la fase de ejecución de la pena y a los cambios introducidos en la ley penitenciaria.
Índice comentado
- 1. Introduzione (Introducción). Señala la ausencia histórica de una definición compartida y de reglas comunes, y plantea que la justicia restaurativa es un paradigma distinto de la justicia punitiva, que requiere un trabajo de sensibilización cultural.
- 2. Il travagliato iter verso l'introduzione di una disciplina organica della giustizia riparativa (El accidentado camino hacia una disciplina orgánica de la justicia restaurativa). Repasa los antecedentes, desde la Mesa 13 de los Estados Generales de la Ejecución Penal y la ley delegada n.º 103/2017, hasta la ley delegada n.º 134/2021 y el trabajo de la comisión presidida por Ceretti. Destaca que la reforma abrió el acceso en cualquier etapa del proceso y sin exclusiones por tipo o gravedad del delito.
- 3. Le previsioni di cui al d.lgs. n. 150/2022 (Las previsiones del decreto legislativo n.º 150/2022). Analiza las definiciones del art. 42 y las compara con los principios básicos de la ONU de 2002. Discute la naturaleza jurídica del instituto, la noción amplia de comunidad, la elección del término «mediador», la fórmula «persona indicada como autora de la ofensa» y los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad del resultado restaurativo.
- 4. I cc.dd. principi generali (Los llamados principios generales). Presenta la estructura del capítulo del decreto dedicado a principios y disposiciones generales, y adelanta la división de los principios en dos grupos.
- 4.1. I principi relativi ai soggetti (Los principios relativos a los sujetos). Desarrolla el involucramiento de la comunidad, el carácter consensual y revocable de la participación, con reglas especiales para personas menores de edad y otras personas en situación de fragilidad, la participación activa y voluntaria, la igual consideración de los intereses de la víctima y de la persona señalada como autora, y la equiproximidad de mediadores y mediadoras.
- 4.2. I principi relativi al procedimento (Los principios relativos al procedimiento). Trata la garantía del tiempo necesario, la confidencialidad y el secreto profesional, el derecho de acceso y de información, el envío de casos en la etapa de conocimiento y en la de ejecución, la exclusión de efectos desfavorables si el programa fracasa y la no exigencia de admitir culpabilidad.
- 5. La Giustizia riparativa nella fase esecutiva: le modifiche all'ordinamento penitenziario (La justicia restaurativa en la fase de ejecución: los cambios en el ordenamiento penitenciario). Examina las tres modificaciones a la ley penitenciaria (arts. 13, 15 bis y 47) y su relación con los beneficios y las medidas alternativas. Insiste en que participar no puede convertirse en una carga para la persona condenada.
Ideas centrales
- La reforma italiana sostiene la complementariedad entre justicia restaurativa y justicia penal, aunque en algunos supuestos, como la retirada tácita de la querella, la autora ve un efecto propiamente alternativo al proceso.
- La definición legal se construye a partir del programa y del resultado restaurativo, y se aparta de la ONU por la amplitud de la comunidad, el uso de «mediador» y la referencia a la «persona indicada como autora de la ofensa».
- El resultado restaurativo puede ser simbólico o material y su proporcionalidad se mide sobre la ofensa en sentido amplio, no sobre la gravedad penal del hecho.
- La persona mediadora es equipróxima: no se mantiene equidistante como el juez o la jueza, sino igualmente cercana a las necesidades de cada parte.
- La confidencialidad es el fundamento del programa: el informe a la autoridad judicial se limita a si hubo programa y resultado, y lo dicho no puede usarse como prueba.
- El acceso es un derecho de todas las personas interesadas, para cualquier delito, y solo puede limitarse ante un peligro concreto para quienes participan.
- La no participación o el fracaso del programa no pueden tener efectos desfavorables para la persona señalada como autora.
- En la ejecución de la pena, la justicia restaurativa puede contribuir a reconstruir vínculos con la comunidad, reducir el estigma y recuperar una dignidad relacional.
Para qué sirve en la práctica
- ¿Qué principios ordenan la justicia restaurativa en la ley italiana de 2022 y de qué fuentes internacionales provienen?
- ¿Cómo se presta y se revoca el consentimiento, también en el caso de personas menores de edad o con capacidad restringida?
- ¿Qué puede informar la persona mediadora a la autoridad judicial sin romper la confidencialidad?
- ¿Quién puede iniciar o disponer el envío de un caso a un centro de justicia restaurativa durante el proceso y durante la ejecución de la pena?
- ¿Cómo valora la magistratura de vigilancia la participación en un programa a la hora de conceder beneficios penitenciarios?
Términos clave
giustizia riparativa, Reforma Cartabia, decreto legislativo 150/2022, programa restaurativo, esito riparativo, equiprossimità, mediador, persona indicada como autora de la ofensa, comunidad, consentimiento, confidencialidad, derecho de acceso, víctima aspecífica, ofensa compleja, ordenamiento penitenciario
Se usa en el campus
Datos
- Autoría
- Menghini, Antonia
- Año
- 2023
- Editorial o fuente
- Sistema Penale (ISSN 2704-8098), 24 de noviembre de 2023
- Tipo
- Artículo
- Idioma
- Italiano
- Jurisdicción
- Italia
- Licencia
- CC BY-NC-ND